¿cómo Lograr La Nacionalidad Española?
En nuestro bufete de abogados, Sterna Abogados de Extanjería en Madrid, contamos con un excelente equipo de profesionales expertos de temas relacionados con extranjería e inmigración.
¿Quiere lograr la Nacionalidad Española?
De manera profesional y personalizada todo nuestro bufete le garantiza la mejor solución al inconveniente. Todos nuestros abogados cuentan con una sólida capacitación y gran experiencia en las diferentes ramas del Derecho como: Derecho Penal, Derecho Laboral, Derecho de Extranjería, Derecho Matrimonial y Familiar, etc.
Nuestra primordial vocación es la de ofrecer toda la ayuda precisa de manera adaptada y totalmente reservado en todos y en cada uno de ellos de los procedimientos a tratar, tanto judicial como extrajudicial. Ofrecemos la mejor información y asesoramiento legal de un modo muy cercano con el cliente del servicio, con el objetivo de solucionar el problema de la forma más rápida y eficaz, con total garantía de confidencialidad y profesionalidad.
Desde Sterna Abogados Immigration Lawyers Spain a toda persona extranjera interesada en lograr la nacionalidad española le notificamos de las diferentes maneras de poder conseguirla, así como cuáles son los motivos de pérdida de nacionalidad, y también de qué forma regresar a recuperar la nacionalidad Española.
La nacionalidad Española se considera un derecho imprescindible, y se refiere al nexo de unión existente entre una persona con un país.
La nacionalidad se adquiere, se conserva y puede perderse conforme con lo establecido por la ley.
Desde Sterna Abogados, Madrid especialista en de Extranjería e Inmigración, recalcamos que la nacionalidad no solamente se logra habiendo nacido en el país, sino que existen diversas opciones.
Entre los diferentes géneros de nacionalidad destacamos:
NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
Una de las formas es la obtención de la nacionalidad por residencia, en la cual se exige a la persona el haber vivido en España de forma legal, y continuada durante un plazo de diez años.
Existen casos en los que el periodo de residencia se ve claramente reducido; cómo:
- Cinco años: para aquellas personas que hayan obtenido la condición de asilados.
- Dos años: para personas de origen sefardí, nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, G. Ecuatorial, Portugal o bien Andorra.
- Un año: para aquellas personas que hayan natural de territorio español, que no hayan ejercido el derecho de adquisición a la nacionalidad española por opción, a aquellos que hayan estado sujetos bajo la tutela o bien vigilancia de un tutor, acogimiento o guarda a lo largo de un par de años sucesivos e incluso si durante la solicitud continuase en exactamente la misma situación, si el viudo o viuda tras el fallecimiento del cónyuge estaban legalmente casados, etc.
¿Quiénes pueden pedir la abogados de migracion ?
Para poder pedir la nacionalidad por vivienda, el interesado debe de ser mayor de dieciocho años o bien se encuentre en situación independizada.
La documentación a presentar es la siguiente: Modelo de solicitud normalizado, Tarjeta de Identidad de extranjero, Pasaporte completo y en vigor, certificado de nacimiento, certificado de antecedentes penales de su país de origen traducido y legalizado, certificado de matrimonio, justificante del pago de la tasa, certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados, certificado de empadronamiento, entre otros muchos.
Ante cualquier duda, Sterna Abogados Madrid se pone a su entera disposición para solucionar cualquier género de duda y prestarle todo el apoyo en la tramitación a realizar.
NACIONALIDAD “POR OPCIÓN”
La Nacionalidad por opción es un beneficio que la legislación de España ofrece a personas extranjeras que se hallan en determinadas condiciones a fin de que consigan la nacionalidad española sin necesidad de vivir en España.
Todo tipo de dudas van a quedar resueltas si solicita los servicios de Sterna Abogados la capital de España, expertos en temas relacionados con la nacionalidad “por opción”
- Tienen derecho a adquirir la nacionalidad española a través de esta opción:
- Aquellos individuos que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un de España.
- Aquellas personas de padre o bien madre que hubieran natural de España y fueran españoles.
- Aquellos individuos cuya adopción por españoles se produce tras los dieciocho años de edad. Entonces deberá pasar dos años a partir de la constitución de la adopción.
Toda petición deberá de presentarse y conseguirse en el Registro Civil de su domicilio donde se gestionará y resolverá el expediente.
Los hijos de españoles nacionalizados en España deben de pedir la nacionalidad ya antes de cumplir los 20 años.
NACIONALIDAD POR SIMPLE PRESUNCIÓN
La nacionalidad puede adquirirse de diferentes maneras:
- Por ius solis, se adquiere la nacionalidad en aquellos casos en que el estado otorga su nacionalidad a todos los que nacen en su territorio.
- Por ius sanguinis, la nacionalidad se transmite por la sangre. Los hijos preservan la nacionalidad de sus progenitores independientemente de donde nazcan.
El derecho de España se rige por el ius sanguinis, considerando españoles a todos los hijos de progenitores españoles sin importar un mínimo el sitio de nacimiento, dentro o fuera de España.
Hay situaciones en las que por haber natural de España podrá adquirir la nacionalidad española sin que sus progenitores lo sean. Cuando la ley nacional de los progenitores (Argentina, Bolivia, Brasil, Panamá, Paraguay, Portugal, Perú, entre otros muchos) no transmite su nacionalidad por haber nacido fuera de su territorio, España por simple presunción reconoce la nacionalidad española al menor.
La documentación a presentar junto con la solicitud de nacionalidad por Valor de simple presunción son:
- Certificado de empadronamiento familiar.
- Certificado del Consulado respectivo de los progenitores referido a la no inscripción del menor en el mismo.
- Certificado literal del nacimiento del menor, emitido por el Registro civil.
Para la realización de cualquier trámite, presentación de la documentación, contacte con Sterna Abogados en donde sus gestiones se van a ver agilizadas y con unos óptimos resultados.
NACIONALIDAD PARA JUDÍOS SEFARDÍES
Los judíos sefardíes son aquellos descendientes de los judíos expulsados de la península ibérica a finales de la Edad Media.
Aquellos judíos sefardíes que deseen adquirir la nacionalidad de España pueden hacerla de 2 maneras, siempre y cuando certifique el origen sefardí
Toda la documentación aportada debe de ser revisada y examinada por un notario y apreciar si demuestran su origen Sefardí.
En esta situación es fundamental que su caso sea llevado por Abogados expertos en temas de extranjería y también inmigración como los que puede localizar en Sterna Abogados Madrid.
Es muy importante saber, que aquellos inmigrantes nacionalizados españoles que han obtenido la Nacionalidad Española pueden llegar a perderla, aunque asimismo existe la posibilidad de recobrarla.
Sterna Abogados, la capital española especialista en temas de inmigración y extranjería pone a su predisposición en excelente equipo profesional que le va a ayudar a lograr la nacionalidad de España, informándole de todas las posibilidades existentes conforme a su situación.
No lo dude y contacte en cualquier momento con Sterna Abogados a través de una llamada telefónica o rellenando un sencillo cuestionario que encontrará libre en la web, y nosotros nos vamos a poner en comunicación con en el menor plazo posible.